Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 26/04/2.005 por la ciudadana Siham Abdelbaki Kassem Nasibeth, debidamente asistida en este acto por el abogado Pastor Herrera Mendoza (parte demandada en la presente causa).
Segundo: Se CONFIRMA pero se MODIFICA la sentencia apelada y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción y en consecuencia se condena a pagar la cantidad del libelo BOLIVARES CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA SIN CENTIMOS (Bs. 55.771.530,oo).
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.