En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 02, constituido en Tribunal Mixto, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley por Unanimidad ABSUELVE al ciudadano ADELSO GONZALEZ DEL MAR, plenamente identificado, en cuanto a la participación y consecuente responsabilidad penal del mismo en la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 en su encabezamiento del Código Penal vigente para el momento de la comisión del hecho, perpetrado en perjuicio de quién en vida respondiera al nombre de MARIA DE LA PAZ CUELLO DE COLMENAREZ; en virtud de no haberse demostrado la comisión del hecho y menos aún la participación del referido acusado en la comisión del delito, aunado a la solicitud de Sentencia Absolutoria hecha por la Representación Fiscal.
De conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 268 del Código Orgánico Pr.....