DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resolvió:
Primero: verificó la admisión de la acusación planteada en sala por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, por el delito previsto en el Código Penal y que cumplía efectivamente con los requisitos exigidos por el artículo 570 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y que guarda armonía, congruencia y relación directa con los hechos acusados y asumidos a su vez por el acusado de marras.
Segundo: se condena al adolescente (Se omite conforme al parágrafo segundo artículo 65 y 545 LOPNNA), a cumplir la sanción de Libertad Asistida, prevista en el artículo 620 literal "d" de la Ley Orgánica .....