PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por el ciudadano JORGE EDUARDO LARA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 3.842.909, contra la Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil VIP EJECUTIVOS C.A, N° de RIF J-31543839-9. En consecuencia se condena a las demandadas, a pagar los conceptos señalados en la motiva y que se dan acá por reproducidos, más la cantidad que arroje la experticia complementaria, que a tal efecto se ordenó.
SEGUNDA: Se concede la indexación judicial e intereses de mora, sobre los montos reclamados y condenados por prestación de antigüedad y sus intereses, los cuales se calcularan desde la fecha en que termino la relación de trabajo, y hasta la fecha del pago definitivo. Y para los conceptos condenados de vacaciones y bono vacacional, utilidades se concede la indexación; la cual se calculara desde la fecha de la fecha de practicada la última de las notificaciones libradas, hasta s.....