V
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, actuando en sede constitucional, por unanimidad y habilitando el tiempo necesario; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la NULIDAD DEL TRÁMITE Y DE LA DECISIÓN, dictada en fecha 03/10/2024, por la cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional en la modalidad de habeas corpus, referido a la libertad y seguridad personal, interpuesta por la ciudadana ESTHER LORIANNY CASAMAYOR SOTO, titular de la cédula de identidad V-30.965.995, obrando en favor de su concubino el ciudadano LUIS ALEXANDER MORAN, titular de la cédula de identidad N° V-24.684.958; SEGUNDO: Se ORDENA notificar de la presente decisión a la Defensoría del Pueblo, representada por la Oficina Regional del estado Portuguesa; TERCERO: Se ORDENA informar por oficio al Abogado PEDRO LEÓN DAZA FREITEZ, en su condic.....