DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente pretensión por DAÑO MORAL Y ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES incoada por el ciudadano: JOEL ALEXANDER GONZÁLEZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.642.145, contra los ciudadanos: ROGER RAFAEL MÁRQUEZ HERNÁNDEZ, ROBER RAMÓN MÁRQUEZ HERNÁNDEZ Y YUSMELY DEL CARMEN MÁRQUEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-17.004.477, V-19.185.133 y V-13.605.139 respectivamente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada .....