Por las razones expuestas, Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: DECRETA:
Primero: Con lugar la solicitud de la defensa privada en cuanto a la conmutación de la privativa de libertad por la detención domiciliaria en la dirección Carrera 11, Esquina Calle 8, final calle Ciega, frente al Parque Recreacional, casa rosada, Municipio Guanarito del estado Portuguesa y se autoriza a sus representantes a que se traslade al adolescente acusado al centro médico asistencial las veces que sea estrictamente necesaria a los fines de resguardar su salud, debiendo sus representantes requerir constancias de la asistencia al centro médico a que haya lugar.
Segundo: Sin lugar la solicitud de la defensa privada en cuanto al decaimiento de la medida de privación de libertad en virtu.....