Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por concepto de Daños y perjuicios Materiales y Daño Moral derivados de Accidente de Tránsito incoada por el ciudadano HAMUD AZIY IZZI, titular de la cédula de identidad número 12.238.631, a través de su apoderado judicial abogado DERVIS HUWERLEY FAUDITO RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 10.555.405, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.655, de este domicilio, contra los ciudadanos JOSE RAFAEL TERAN BERBEESI, JULIO ALEXANDER ROMERO, en su carácter de propietario y conductor, respectivamente y la empresa aseguradora FONDO CORPORATIVO NAGAR C.A., representados judicialmente por las abogados MAIRA ALEJANDRA COLMENARES CASTILLO y YAMILETH DEL VALLE TERÁN LUCENA, respecti.....