En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto por el Abogado VICTOR MANUEL RIVERO, en representación de la Sociedad Mercantil "AGROPECUARIA EL CAIMITO C.A.", ambos identificados.