Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA la pena de SEIS AÑOS DE PRESIDIO que le impuso a EDMUNDO TOMÁS AQUINO SÁNCHEZ el Juez de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 06 de Junio de 2000, y por ende EXTINGUIDA su responsabilidad criminal en el delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en perjuicio de MANUEL RAMÓN RINCONES LEÓN, hecho ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que se reseñan en el Expediente.
SEGUNDO: Consecuencialmente, declara extinguidas las penas accesorias de interdicción civil e inha.....