en consecuencia éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA. Por razón se ordena el Archivo del expediente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dado, sellado, Firmado y sellado en la Sala de Audiencias del JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Biscucuy, a los seis (06) de Abril del dos Mil Cinco. Años: 193º y 144º.
La Juez,
Abg. Thayrhayr Sáez de Oliveros.
La Secretaria Suplente,
Maritza Artigas.