Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción incoada por el ciudadano RAUL ALFREDO CORONEL YÈPEZ, en contra de la EMPRESA MICRON, por motivo de cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa demandada MICRON C.A a pagar la diferencia sobre prestaciones sociales, utilizando el salario básico de seiscientos mil bolívares (600.000,oo) mensuales, adicionándole lo correspondiente a los treinta y dos mil bolívares (32.000 Bs). diarios por viáticos admitidos en el presente juicio, los cuales al ser cancelados periódicamente y que forman parte del patrimonio del trabajador y son considerados como salario.