DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano Jiménez José Luis, venezolano, mayor de edad, natural de Acarigua estado Portuguesa, nacido en fecha 14-10-1981, titular de la Cédula de Identidad N° 16.565. 819, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, diagonal al puesto policial, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de porte ilícito de arma rapto, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, por cumplimiento de la misma, de conformidad con el artículo 105 ejusdem.
Notifíquese a las partes. Remítase copia de la decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación al Recluso, Ministerio del Interior y Justicia, a la División de Antecedentes Penales del referido Ministerio, Al Consejo Na.....