En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la pretensión de desalojo de inmueble, incoada por la ciudadana EDDIT LUCELIA PEREZ COLMENARES, contra el ciudadano FREDDY ALBERTO GUTIEREZ OCHOA, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación de la parte actora y queda confirmada la sentencia, proferida en fecha 06-04-2010 por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.