Se hizo presente el abogado en ejercicio Jimmy José Pérez, inpreabogado No 158.686 a los fines de asistir al demandado ciudadano Vicmel Jesús Méndez ya identificado, quien solicita el derecho de palabra y expone:" Ofrezco en cancelar en este acto a la demandante la cantidad de veintitrés mil bolívares (Bs 23.000,oo) tal como lo establece el despacho de comisión y a los efectos de que se suspenda la medida de embargo en los siguientes términos: Primero: En este acto la cantidad de doce mil bolívares (Bs 12.000) en un cheque de gerencia que entregó en este acto de la entidad Bancaria Banco de Venezuela, código cuenta cliente No 0102016596000022021, cheque No 00012016 a nombre de la demandante Vanesa Méndez, no endosable, de fecha 06/06/12 por la cantidad de doce mil bolívares (bs 12.000). Segundo: La cantidad restante es decir la cantidad de once mil bolívares (Bs 11.000) para ser cancelados el día lunes 11 de Junio del 2012 en el Tribunal de la causa Juzgado Primero de Primera Instanc.....