DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada por la Ciudadana Fiscal Primera del Ministerio Público con competencia en materia de Drogas en contra de SEXFREDO GILBERTO QUIÑÓNES BETANCOURT, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.128.571, nacido en fecha 02 de Febrero de 1958, natural de Guanare, Estado Portuguesa, de estado civil soltero, de ocupación agricultor, residenciado en el Barrio Cementerio, Calle 23 entre Carreras 9 y 10, casa Nº 29-03, Guanare, Estado Portuguesa; por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA (DE FUEGO), previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en .....