D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos KIMBERLYS ROXIMAR DELGADO ALVAREZ y JUAN MANUEL PIFERRER NAZARET, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-25.791.059 y V-18.451.326, ambos de este domiciliados en la ciudad de Acarigua estado Portuguesa, debidamente asistidos por el abogado MARCO NAVARRO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 231.412, de conformidad con el criterio sostenido en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 09 de diciembre de 2016 en concordancia con lo dispuesto en el articulo 185.....