Se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa de imposición de una Medida Cautelar de las establecidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con el artículo 264 Ejusdem, ya que si bien es cierto en el acta policial señalan al ciudadano LUIS ABRAHAM MENDOZA CUELLO como el autor del delito, señalándolo como la persona que manejaba la camioneta que los choco por tratar de huir, produciéndose el volcamiento de la misma y el posterior decomiso de la sustancia incautada, no es menos cierto que dicha identificación la suministro el propio imputado a los funcionarios actuantes, al igual que lo hizo en el inicio de la presente audiencia al serle requerido por la secretaria del Tribunal sus datos personales, evidenciándose su falsedad al ser presentada por el Representante del Ministerio Público comunicación N°. 9700-058-629-352, suscrita por la T.S.U. COROMOTO JIMENEZ, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas.....