DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629, 645 y 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda: PRIMERO: Mantener el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida impuesta a las Ciudadanas IDENTIDADES OMITIDAS, antes identificadas, por lo que en consecuencia dichas Ciudadanas deberán comparecer a las citas que les paute el Equipo Técnico Multidisciplinario, a fin de cumplir cabalmente con la medida de libertad asistida. SEGUNDO: El cese de la medida de Reglas de Conducta, impuesta a las Ciudadanas IDENTIDADES OMITIDAS. Por último, se ordena oficiar al mencionado equipo a los fines de hacerles saber de la decisión de este tribunal de mantener el cumplimiento de la medida de .....