Por todas las razones de hecho y de derecho éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana ROSAURA FACUNDA MOYETONES DE GAMBOA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.073.730, en contra del ciudadano LUIS ALBERTO GAMBOA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.643.993, en beneficio de sus hijos (se omite identificación por disposición legal). En consecuencia, se fija la cantidad de UN MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.1000) por concepto de Obligación de Manutención. Igualmente tomando en consideración la edad de los identificados adolescentes, y el monto que.....