Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ASDRÚBAL ROMERO SILVA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Segundo del Ministerio Publico, contra la sentencia dictada por el Tribunal Unipersonal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en fecha 18 de junio de 2008, mediante la cual declaro extinguida la pena al ciudadano RAMÍREZ PERNIA MADISON RAMÓN, por la comisión del delito de Hurto Agravado. Todo ello en aplicación de la doctrina de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, establecida según sentencia N° 2199, dictada en el expediente 02-2744, con ponencia del Magistrado Marcos Tulio Dugarte Padrón, de fecha 26 de Noviembre de 2007, la c.....