Por los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ANULA LA SENTENCIA DEFINITIVA, de fecha 20-06-2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, con fundamento en el artículo 209 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la misma adolece de vicios, de conformidad con los artículos 243 Ordinales 4º y 5º así como el 244 eiusdem.
SEGUNDO: CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por el profesional del derecho ciudadano JESÚS ALFREDO MARRERO CAMACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.308, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada –.....