DISPOSITIVA:
En merito a las anteriores consideraciones y con fuerza de las motivaciones que preceden, este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara con Lugar, la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana: SORELIS CAROLINA MELENDEZ DE MORILLO, identificada supra, en su condición de representante legal de la niña: XXXXXXXXXXX, en contra del ciudadano: ALVIS JOSE MIRLLO ARRIECHE, identificado supra, se fija la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (400,oo) mensuales, a partir del mes de diciembre del presente año, asimismo, se fijan dos bonificaciones especiales para los meses de septiembre y diciembre de cada año, ambas cantidades por un monto de OCHOCIENTOS BOLIVARES (800,oo), los cuales serán entregados a la madre los primeros cinco días de cada mes, para cubrir los gas.....