DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, constituida en Sala Accidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO:: Con fundamento en el artículo 443 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada LIDYA RIVERO TOVAR actuando como Defensora Pública Cuarta Encargada del ciudadano YOAN JOSÉ ÉTIT CORDERO, contra la sentencia condenatoria publicada en fecha 30 de Julio de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 03, de este Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano YOAN PETIT CORDERO (plenamente identificado en autos), por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE PERPETRADOR, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal primero del Código Penal Venezolano Vige.....