DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: HECTOR FREDDY GOMEZ RIERA y MARIA ELENA NIETO QUIÑONES de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha veintisiete (27) de Abril de mil novecientos noventa y dos, por la Oficina de Registro Civil de la parroquia Antolín Tovar de Aquino del Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada