DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana MARLENE ISABEL PALMA, actuando en representación de sus hijos: DAVID ENRIQUE, DANIELIS ISABEL Y DEIBER DAVID, por FIJACION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. En consecuencia este Tribunal condena al ciudadano DAVID ENRIQUE LEAL MAIZANO, antes identificado a pagar por concepto de FIJACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, el monto de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (200,oo) Mensuales, los cuales deberá depositar a sus hijos en la Cuenta de Ahorros que será aperturada para tal fin, al igual que la mitad de los gastos médicos, ropa y útiles escolares, y el doble de la cantidad en los meses de Agosto y Diciembre. ASI SE DECIDE.-
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada
Dada Firmad.....