DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: CONDENA al ciudadano Acosta Monsalve Adrián David, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.091.532, al quedar demostrada su responsabilidad en la comisión del delito de homicidio intencional calificado por la alevosía en grado de complicidad correspectiva, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1 en concordancia con el artículo 424 ambos del Código Penal y le impone la pena de ocho (08) años y nueve (09) meses de prisión, más las accesorias de ley. Se mantiene el sitio de reclusión hasta que el Tribunal de Ejecución correspondiente ejecute la pena.
El dispositivo de la presente sentencia que hoy se publica, ha sido leído en audiencia pública celebrada e.....