Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogado ENID ZULAY JIMÉNEZ SOTELDO, en el carácter de Defensora Pública del ciudadano DELIO AMADO ALMAO LEON, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, en fecha 25 de Abril de 2007, mediante la cual condeno al referido ciudadano DELIO AMADO ALMAO LEON, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ordenándose, en consecuencia, la realización de un nuevo juicio oral y público, por un juez diferente al que ya conoció la causa.