DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA LA REVOCATORIA por Incumplimiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad y en su lugar se le DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD; al acusado WEITAO XIE, ya identificado, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo establecido en el primer aparte del artículo 80 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la adolescente cuyo nombre se omite por mandato de ley, a los fines de asegurar las resultas del proceso y la comparecencia del referido imputado al Tribunal para la celebración de la audiencia de Constitución del Tribunal Mixt.....