DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano: DOUGLAS ANIBAL DURÁN ALVAREZ, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 41 años de edad, fecha de nacimiento 23-10-72, soltero, docente, reside en la urbanización Andrés Eloy Blanco, calle Luz Caravallo, casa Nº 12, Municipio Guanare Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-11.395.880, hijo de Lola de Duran y Herlanio Duran, debidamente asistido por la Defensa Abg. Erlandy Durán; por la comisión del delito de Actos Lascivos, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña Michele Adriana Guevara Vásquez, a la pena de: DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, .....