En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley SUSPENDE el curso del presente proceso por el fallecimiento del Demandante Ricardo José Reina Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.945.436 y quien en vida residía en la Calle 26 entre avenidas 38 y 39, N° 38-49, Barrio Paraguay de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa y ordena la citación de los sucesores o herederos desconocidos de Ricardo José Reina Ramírez, de conformidad con lo establecido en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez de Juicio N° 3,
Ab. Magüira Ordóñez La Secretaria,
Ab. Dania Leal.