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Decisiones del dia 07/05/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalia
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 14022-2011 N° Sentencia : 1 Fecha: 07/05/2012
Procedimiento:
Reconocimiento De Contenido Y Firma De Documento P
Partes:
ANTONIO JOSÉ CAMARA PITA, DE NACIONALIDAD PORTUGUESA, MAYOR DE EDAD, CASADO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº E- 81.114.809 Y DE ESTE DOMICILIO. ASISTIDO POR EL ABOGADO EN EJERCICIO JOSÉ HERNÁNDEZ
Resumen:
En este orden de ideas, siendo esta la oportunidad que señala el artículo 901 del citado Código Adjetivo y, no habiendo contención sobre la cuestión planteada, esta Juzgadora tomando en consideración la falta de comparecencia alguna, en la oportunidad procesal el ciudadano FREDDY JONATHAN GOMES DA SILVA, para que reconociera o negara el documento privado que acompaña, quien pese que fue debidamente citado, no se hizo presente en la oportunidad fijada por este Juzgado, a objeto de que manifestará si reconocía o no en su contenido y firma el documento privado inserto al folio dos (02) de esta solicitud, es por lo que, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley lo declara LEGALMENTE RECONOCIDO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1.364 del Código Civil. En consecuencia, devuélvase al solicitante las presentes actuaciones originales con sus resultas. Publíquese, re.....
Juez/Ponente:
Tamari Coromoto Gutierrez Ocando
Organo:
Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalia
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N° Expediente : 14022-a-2012 N° Sentencia : 1 Fecha: 07/05/2012
Procedimiento:
Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes:
ANTONIO JOSÉ CAMARA PITA
Resumen:
El Tribunal para pronunciarse lo hace previo a las siguientes consideraciones: El presente procedimiento se tramitó conformes a las reglas de la Jurisdicción voluntaria contempladas en el artículo 895 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, disposiciones legales éstas según las cuales, el Juez, actuando en sede de jurisdicción voluntaria, interviene en la formación y desarrollo de situaciones jurídicas y sus determinaciones, si bien no causan cosa juzgada, establecen una presunción desvirtuable; así lo disponen los artículos 895 y 898 ejusdem. El reconocimiento de contenido y firma de documento privado, se encuentra enmarcado en el supuesto de hecho, señalado artículo 1.364 del Código Civil, los cuales disponen: Artículo 1.364.- Aquél contra quien se produce o a quien se exige el reconocimiento de un instrumento privado, está obligado a reconocerlo o negarlo formalmente. Si no .....
Juez/Ponente:
Tamari Coromoto Gutierrez Ocando
Organo:
Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalia
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