En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en el presente juicio que por reclamación de daños materiales y moral sigue el ciudadano FERNANDO JOSE CORDERO contra la ciudadana DAMARIS DEL VALLE MENDEZ DE VARGAS; y la cita de garantía incoada por dicha demandada, contra la sociedad mercantil C.A.V. SEGUROS CARACAS C.A., ambos identificados, resuelve: la nulidad de los actos procesales siguientes al auto de este Tribunal de fecha 02-03-2006, hasta la presente decisión, exclusive, y se acuerda la reposición de la causa al estado en que la empresa C.A.V. Seguros Caracas, sea notificada en la persona de su representante, del referido auto de fecha 02-03-2006, mediante el cual se le dio entrada a la .....