DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Inadmisible por Extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados RAFAEL OMAR LINARES y JUANA MOLINA, en su carácter de Defensores Privados, contra Decisión publicada en fecha 21 de Mayo de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Guanare, mediante la cual Acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los ciudadanos Jhoan David Hernández Castillo y José Francisco Guevara Núñez, por la comisión de los delitos de Asociación para Delinquir y Sicariato, previsto y sancionado en los artículos 6 y 12 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio del ciudadano Juan Bautista Durán Rodríguez.