En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal, considera que lo procedente en este caso, es declarar la INADMISIBILIDAD de la presente demanda. Así se Decide.
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la ley, Declara: INADMISIBLE la pretensión de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL), interpuesta por el ciudadano DOMENICO ANTONIO GERARDO SORRENTINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.960.012, contra la empresa Mercantil "EDITORIAL EL SILBON C.A.", representada por su presidente ciudadano Carlos Alberto Blonval Medina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.280,432.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese y d.....