DECISION
En base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo establecido en el artículo 256, ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, impone al acusado JULIO CESAR FIGUEREDO, portador de la cédula de identidad Nº15.491.993, medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en ARRESTO DOMICILIARIO en la siguiente dirección: Barrio Colombia I, avenida 33, entre calle 34-35, casa Nº34-66, Acarigua, Estado Portuguesa.
Regístrese, líbrese lo conducente y déjese copia para su archivo.
Abg. Omar Fleitas Flores
Juez de Juicio Nº1
Abg. Rosa Briceño
Secretaria