En consecuencia, al ser analizadas y valoradas las pruebas cursantes en autos, así como las declaraciones rendidas por los testigos promovidos en la presente solicitud, determinando quien aquí juzga no hubo oposición a la misma, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 937 del Código de Procedimiento Civil concatenado con el artículo 822 del Código Civil, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a los ciudadanos David Ramón Fuente Parada, Carmen Amanda Fuentes Parada, María Teresa Fuentes Parada, Rosa Melida Fuentes Parada, Eduarda Ramona Fuentes Parada, Kali Alfredo Fuentes Parada, Zenaida Victoria Fuentes Parada, María Jesús Fuentes Parada, Marbelia Isabel Fuentes Parada y Miguel Ángel Fuentes Parada como ÚNICO.....