Por los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Jurisprudencial, propuesta por el ciudadano RAMÓN IGNACIO MEJÍA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.959.217, residenciado en la Carretera Nacional vía Biscucuy, Barrio Ezequiel Zamora, Sector Julio Antonio, Calle Principal, Casa Nº 03, Parroquia San Juan de Guanaguanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, número de teléfono 0414-5746134, con citación de su cónyuge ciudadana CRISTIN DESIREE HERRERA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.086.074, domiciliada en el Municipio José Félix Ribas del estado Aragua, número de teléfono con aplicación WhatsApp .....