C U A R T O:
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1 Sección Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO, realizado entre el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en su condición de Imputado y la víctimas ciudadana ANA MERCEDES BRICEÑO GONZALEZ Y SU HIJO IDENTIDAD OMITIDA. Se SUSPENDE EL PROCESO A PRUEBAS, por el lapso de TRES (3) MESES, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 564 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 565 y 566, eiusdem. En consecuencia e le impone al adolescente imputado, las Obligaciones siguientes:
1.- La Obligacion del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de cancelar una tercera parte de los daños causados (los cuales ascendieron a la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (1.000.000,00) anteri.....