Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por reclamación de indemnizaciones por accidente de trabajo interpuesta por el ciudadano JOSE VENANCIO MENDOZA OCUMARE contra la empresa ALMACENES Y TRANSPORTE CEREALEROS (A.T.C.) C.A, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se condena a pagar a la empresa ALMACENES Y TRANSPORTE CEREALEROS (A.T.C.) C.A inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa en fecha 06/12/2000, bajo el Nº 22, tomo 487-A al ciudadano JOSE VENANCIO MENDOZA OCUMARE, titular de la cédula de identidad N ° 5.943.774 la cantidad de CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 40.295,68) por los conceptos indicados en la motiva.