Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CON SEDE EN ACARIGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
Con respecto al co-accionante ciudadano: JOSÉ LUIS ESCALONA
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por el ciudadanos JOSE LUIS ESCALONA contra el ciudadano JOSE OMAR HERRERA PEÑA, en los términos expuestos en la motiva.
SEGUNDO: Se declara PROCEDENTE: El pago de los siguientes conceptos a favor del ciudadano JOSE LUIS ESCALONA: 1.- Prestaciones Sociales cláusula 50 del Contrato Colectivo suscrito en el marco de la normativa laboral para la rama de actividad del sector privado construcción, 2.- Vacaciones año 2022. 3.- Bono Vacacional año 2022 4.-Utilidades año 2022. 5.- Vacaciones fraccionadas 2023 6.- Bono Vacacional fraccionado 2023. 7 Utilidades Fraccionadas correspondientes al año 2023.
TERCERO: Se con.....