En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara, Parcialmente Con Lugar la pretensión mercantil, incoada por la ASOCIACION DE PRODUCTORES RURALES DEL MUNICIPIO GUANARE (ASOGUANARE) contra el ciudadano JESUS ALVARO GARCIA CONTRERAS, ambos identificados.
En consecuencia, se condena al demandado a cancelar a la actora las siguientes cantidades: 1) Veintisiete Millones Cuatro Mil Seiscientos Veintiocho Bolívares con Setenta Céntimos (Bs. 27.004.628,70) por concepto del valor a capital de la letra de cambio accionada; 2) Cincuenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Nueve Bolívares con Sesenta y Dos Céntimos (Bs. 56.169,62) por concepto de los intereses moratorios, calculados moratorios a partir del vencimie.....