DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda mantener el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida en la forma como originalmente fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, por lo que en consecuencia, este Tribunal acuerda oficiar al Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito a este sistema penal a los fines de solicitar información acerca del cumplimiento de la medida en las fechas indicadas por la Defensa Pública Especializada y su representado y verificar el cumplimiento de la medida, ello de conformidad a lo establecido en los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niñ.....