RESUMEN: Este Juzgado de Control, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establece el articulo 578 literal ¿d¿ y literal ¿c¿ del articulo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente homologa el acuerdo conciliatorio entre la victima y los imputados, en virtud de que el delito que se atribuye a los adolescentes imputados no amerita privación de libertad tal como lo dispone el articulo 628 de la Ley in comento, por el procedimiento que se iniciara en contra de los Adolescentes identidades omitidas , identificados UT SUPRA por el hecho ocurrido 6 de Febrero del año 2004, a las (03:00) horas de la mañana, en la Tasca Restaurante ¿la Estancia¿ y discotienda y Miniteca ¿Store at night¿, ubicada en la avenida Sucre, entre calle Ricaurte y Arismendi, Municipio Unda, Chabasquen Estado Portuguesa, por el delito de Apro.....