Así mismo al haberse ordenado en el dispositivo de la sentencia la destrucción de los artefactos incautados, consistentes en un instrumento de fabricación casera denominado comúnmente chopo y un facsímil los cuales se encuentran en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, para lo cual ofíciese lo conducente el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Guanare.
Se mantiene como lugar de cumplimiento de la condena al Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales con sede en esta ciudad.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente al Consejo Nacional a los fines de informarle sobre la inhabilitación política y remítase copia certificada de la sentencia y del presente auto ejecutorio al Director del Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales, al Director de Prisiones Oficina de Antecedentes Penales, Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso y Departamento de Ejecución y Sancion.....