DISPOSITIVA
Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 629, 646, 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ACUERDA en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA la MODIFICACION de la forma de cumplimiento de la medida de Reglas de conducta, consistente en la obligación de trabajar por la obligación de presentar un trabajo de la comunidad donde habita indicando las deficiencias o problemáticas que presenta su comunidad así como los logros y avances que en ella existen, de manera mensual, por el lapso de tiempo que le reste para culminar su condena. Igualmente acordó el manten.....