D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 literales "a" y "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR la demanda de COLOCACION FAMILIAR, intentada por la ciudadana: ADRIA ANTONIA PEREZ DE GALARRAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V- 1.124.191, en beneficio de la adolescente se omite, actualmente de trece (13) años de edad, en contra de los ciudadanos YULERBA SIORET MANZANO YEDRA y LIXINE ALFONSO MUJICA CALARRAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la.....