DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos: ISVELIA DEL CARMEN QUEVEDO PEREZ y JAIME RAMON COLMENAREZ GIL, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.447.239, y V- 11.402.891, en el orden respectivo, domiciliados en la siguiente
dirección, la primera en el barrio la Manga calle principal, el segundo en barrio lindo de Boconoito Estado Portuguesa, solicitud de Divorcio conforme a lo estatuido en el Artículo 185-A del Código Civil, pues cumple con los requisitos legales exigidos en la norma respectiva. Y a.....