En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la oposición a las medidas cautelares formulada por la parte demandada en el presente juicio de estimación e intimación de honorarios profesionales, seguido por los Abogados CERGIO CUEVAS LANDAETA, JOSE ANGEL AÑEZ y LENNON IGOR OROZCO contra la ciudadana MARIA JULIA GARCIA OSPINA, ambos identificados.
En consecuencia, se revoca parcialmente la decisión del Tribunal a quo de fecha 01-02-2005, en lo que concierne a las medidas de embargo preventivo acordadas, para ser ejecutadas sobre bienes propiedad de las sociedades mercantiles Lácteos Junior C.A., y Distribuidora Junior S.A., ambas identificadas en autos; y así se est.....