En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la solicitud de rectificación de acta del matrimonio incoada por el ciudadano MANUEL DANIEL RODRIGUEZ DE CAMARA, quien por esta decisión, en lo adelante, deberá ser identificado como MANUEL DANIEL RODRIGUES DA CAMARA.
En consecuencia, se acuerda reformar la partida que contiene el acto de celebración del matrimonio civil, del ciudadano MANUEL DANIEL RODRIGUEZ DE CAMARA con la ciudadana MARIA CRISALIDA PELAYO PELAYO, el día 21-02-2003, ante la Prefectura del Municipio Guanare, Estado Portuguesa e inscrita ante la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guanare, Estado Portuguesa, en los Libros de Registro Civil, lleva.....